21_2023_SGSICS_Implantacion del sistema EES:IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA EES
El objetivo del presente proyecto es dar cumplimiento a lo estipulado en el Reglamento (UE) 2017/2226 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2017, por el que se establece un Sistema de Entradas y Salidas (EES, en sus siglas en inglés) para registrar los datos de entrada y salida y de denegación de entrada relativos a nacionales de terceros países que crucen las fronteras exteriores de los Estados Miembros (sustituyendo el sellado de pasaportes por un registro electrónico). Con la implantación del sistema Entry Exit System (EES) se pretende abordar los retos paralelos de la gestión de la migración, la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada, para, de este modo, maximizar los beneficios de los sistemas de información existentes y, en caso necesario, desarrollar acciones nuevas y complementarias para gestionar las carencias. Este sistema será la solución nacional para gestionar la entrada y movimientos de salida de acuerdo con el Código de Fronteras Schengen (UE) 2016/399 modificado por la introducción de EU-ESS en (UE) 2017/2225. De la misma forma, establece las condiciones para el acceso al EES con fines policiales, genera una lista de nacionales de terceros países que han sobrepasado la estancia máxima permitida en el espacio Schengen; además, junto con el Reglamento (UE) 2017/2225, tiene como objetivo permitir la automatización del control fronterizo de los nacionales de terceros países. Adicionalmente, con fines de prevención, detección e investigación de los delitos de terrorismo o de otros delitos graves, las autoridades designadas podrán consultar el EES con arreglo a las condiciones reflejadas en el Reglamento (UE) 2017/2226 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2017.
El Sistema registrará la información recogida en fronteras relativa a:
a) Aquellos nacionales de terceros países admitidos para una estancia de corta duración en el territorio de los Estados miembros de la UE que estén sujetos a controles fronterizos, de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/399, al cruzar las fronteras en las que se utilice el EES.
b) Los nacionales de terceros países a la entrada y a la salida del territorio de los Estados miembros, siempre que:
i)Sean miembros de la familia de un ciudadano de la UE al que se aplique la Directiva 2004/38/CE o de un nacional de un tercer país que disfrute de un derecho de libre circulación equivalente al de los ciudadanos de la Unión en virtud de un acuerdo entre la Unión y sus Estados miembros, por una parte, y un tercer país, por otra, y
ii)No sean titulares de una tarjeta de residencia en virtud de la Directiva 2004/38/CE ni de un permiso de residencia en virtud del Reglamento (CE) n. o 1030/2002 del Consejo. Objetivos: -Mediante este proyecto se desarrolla el software necesario, se suministra el paquete de licencias y el equipamiento necesario para ubicar el sistema, de forma que se dé respuesta a las exigencias de la normativa europea respecto del sistema de registro electrónico de entradas y salidas (EES) descrito en el Reglamento UE 2017/2226 de 30 de noviembre.
Este sistema será la solución nacional para gestionar la entrada y movimientos de salida de acuerdo con el Código de Fronteras Schengen (UE) 2016/399 modificado por la introducción de EU-EES en (UE) 2017/2225.
-Reemplazar el sellado físico del pasaporte registrando electrónicamente cada paso fronterizo dentro y fuera del espacio Schengen, calculando la estancia autorizada para cada viajero de acuerdo con la normativa europea. El EES contribuirá a:
-Reducir los retrasos en los controles fronterizos y mejorar la calidad de dichos controles gracias al cálculo automático de la estancia autorizada de cada viajero.
-Asegurar una identificación sistemática y fiable de las personas que rebasen la duración de estancia autorizada.
-Reforzar la seguridad interior y la lucha contra el terrorismo permitiendo el acceso de las autoridades policiales a los registros de historiales de viaje.